¡Me pueden embargar por 30 mil pesos!

Si usted deja de pagar sus impuestos, me pueden embargar por 30 mil pesos. Esto es muy importante saberlo para que no te pase a ti o a tu familia.

-deuda: 30 mil pesos-
-cargo: impago de deuda-
-solución: pagar la deuda-

¿Qué cantidad no se puede embargar?

¿Qué cantidad no se puede embargar?

Según el artículo 617 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, existen ciertas cantidades que no pueden ser objeto de embargo por parte de la administración judicial. Estas cantidades son las necesarias para cubrir los gastos del alimentario, así como aquellas que se destinen a la pensión alimenticia.

Asimismo, también están exentas de embargo las cantidades percibidas por el deudor como salario, así como aquellas prestaciones por desempleo o por invalidez. También se encuentran exentas de embargo las cantidades percibidas por el deudor como prestaciones por maternidad, paternidad o adopción, así como las prestaciones por riesgo de vida.

Por último, también están exentas de embargo las cantidades percibidas como ayuda económica por parte de las entidades públicas o privadas de carácter social, así como las cantidades destinadas al pago de la renta o del alquiler.

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¿Cuánto es lo máximo que se puede embargar?

¿Cuánto es lo máximo que se puede embargar?

En España, el límite máximo para los embargos es el 20% de la nómina o pensión del deudor. Esto significa que, si la persona tiene un ingreso mensual de 1.000 euros, el acreedor no podrá embargar más de 200 euros de su salario. No obstante, existen algunas excepciones a esta regla.

Por ejemplo, si la deuda es por un impuesto, el límite máximo del embargo puede aumentar hasta el 40% de la nómina o pensión. También puede haber un embargo de hasta el 100% de los ingresos si la deuda es por alimentos o pensión alimenticia.

En cualquier caso, si el importe embargado supera el límite establecido, el deudor puede presentar una reclamación ante el Juzgado para que se anule el embargo.

Para obtener más información sobre el tema, puede consultar el BOE.

¿Qué es lo primero que te embargan?

¿Qué es lo primero que te embargan?

  • En primer lugar, lo que suele embargarse es el dinero en efectivo que tengas en tu cuenta bancaria. También pueden embargar otros activos líquidos, como las acciones o los fondos de inversión.
  • En segundo lugar, suelen embargar los bienes inmuebles, como la casa o el coche. También pueden embargar otros bienes tangibles, como los muebles o la ropa.
  • En tercer lugar, pueden embargar los bienes intangibles, como los derechos de autor o las patentes. También pueden embargar otros activos, como las cuentas por cobrar o los créditos fiscales.
  • En cuarto lugar, pueden embargar los bienes muebles e inmuebles de terceros, como los bienes de tu cónyuge o los bienes de tu familia. También pueden embargar los bienes de tu empresa, como los equipos o los vehículos.
  • En quinto lugar, pueden embargar tu salario o tus ingresos. También pueden embargar tus cuentas bancarias, tus inversiones, tus propiedades o tu pasaporte.
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    ¿Cuál es el salario mínimo que no se puede embargar?

    ¿Cuál es el salario mínimo que no se puede embargar?

  • De acuerdo a la ley, el salario mínimo no se puede embargar.
  • Sin embargo, si el deudor tiene un ingreso superior al salario mínimo, el acreedor puede embargar una parte de su salario para cubrir la deuda.
  • Por lo tanto, el salario mínimo no es una cantidad fija que no se puede embargar. Si el deudor tiene un ingreso superior al salario mínimo, el acreedor puede embargar una parte de su salario para cubrir la deuda.
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    Fuente

    ¡Me pueden embargar por 30 mil pesos!

    Este es uno de los mayores temores de las personas que tienen deudas: que les embarguen la casa. Sin embargo, no siempre es tan grave como parece. Aunque pueda sonar aterrador, un embargo no significa necesariamente que te van a quitar la casa. De hecho, en la mayoría de los casos, un embargo es solo una medida de cobro que se utiliza como último recurso.
    La situación financiera de la persona en cuestión es muy precaria si está a punto de ser embargada por una deuda de 30.000 pesos. Aunque el artículo no da más detalles, seguramente la persona no dispone de los recursos necesarios para hacer frente a esa deuda y, por lo tanto, deberá hacer frente a las consecuencias del embargo.