El modelo 190 es un documento que se solicita a los extranjeros que desean obtener un permiso de residencia o trabajo en España. Se trata de una solicitud en la que el interesado debe proporcionar datos personales y demostrar que cumplen con los requisitos necesarios para poder residir o trabajar en el país.
El modelo 190 indica que la persona está en el rango de peso saludable.
El modelo 190 indica que la persona está en el rango de peso saludable. Para saber si estás en el rango de peso saludable, calcula tu índice de masa corporal (IMC). Para calcular tu IMC, divide tu peso en libras entre tu altura en pulgadas al cuadrado y multiplica el resultado por 703.
Paso 1: Calcule su IMC
Paso 2:
Modelo 190: ¿Quién está obligado a presentarlo?
Los contribuyentes que estén obligados a presentar la Declaración de la Renta anualmente, deberán hacerlo mediante el Modelo 190.
Este modelo sirve para:
Los contribuyentes que no estén obligados a presentar la declaración de la renta, pero que deseen hacerlo voluntariamente, deberán utilizar el Modelo 190 también.
Para saber si se está obligado a presentar la declaración de la renta, se puede consultar el siguiente enlace de la Agencia Tributaria.
¿Qué pasa si no se presenta el modelo 190?
¿Qué pasa si no se presenta el modelo 190?
Los modelos 111 y 190 de la declaración de la renta
Los modelos 111 y 190 de la declaración de la renta
Modelo 111: Declaración informativa de operaciones con terceros
Modelo 190: Declaración resumen anual de operaciones con terceros
Ventajas del modelo 190
El modelo 190 es un formulario de solicitud de residencia temporal en España. Si cumples los requisitos, podrás solicitar la residencia temporal y, si se te otorga, podrás vivir y trabajar legalmente en España durante un período de hasta cinco años. Algunas de las ventajas del modelo 190 son:
– No necesitas tener un trabajo previo en España para solicitarlo.
– Si se te otorga, podrás trabajar legalmente en España durante todo el período de residencia.
– No necesitas ser ciudadano de la Unión Europea para solicitarlo.
– Puedes solicitarlo para ti mismo o para tu familia (cónyuge e hijos menores de 18 años).